domingo, 13 de enero de 2013

11 gener 2013 ABC (opinio)

11 enero 2013


La Audiencia Nacional estrena este jueves la oficina electrónica de asistencia a las víctimas del terrorismo


La Audiencia Nacional ha abierto este jueves una oficina virtual de asistencia a las víctimas del terrorismo. Se trata de una nueva aplicación informática, diseñada y desarrollada por el Ministerio de Justicia, que permitirá que las víctimas no tengan que acudir a la sede de la Audiencia Nacional para obtener información sobre el estado de las causas judiciales que les afectan.
Hasta ahora, una víctima del terrorismo interesada por conocer el estado de su causa se veía obligada a acudir a la sede del Tribunal en Madrid para obtener respuesta a sus preguntas. En muchos casos, después de recorrer kilómetros de distancia y revivir experiencias traumáticas, se encontraba con la dificultad de que la Audiencia no podía ofrecerle en tiempo real a la víctima la información que reclamaba.
Con la nueva ventana virtual, la víctima podrá navegar desde su ordenador por el estado de su causa. Para ello necesitará únicamente una clave personal que se le proporcionará en la Oficina de Atención a las víctimas, una vez haya acreditado su condición de perjudicada por el hecho delictivo investigado.
Los funcionarios de la Oficina registrarán los datos de la víctima; desde ese momento conocerá toda la evolución del proceso, desde la fase de instrucción, juicio oral y notificación de la sentencia. Además, en caso de sentencias condenatorias y en aplicación del Estatuto de la víctima, la información podrá extenderse también a la fase de ejecución de las penas.
La nueva herramienta tecnológica permitirá a la Audiencia Nacional elaborar una base de datos de todas las víctimas del terrorismo. De esta forma se podrá vincular de forma casi inmediata a la víctima con su causa judicial. Con esta Oficina electrónica se refuerza el servicio que viene prestando desde 2006 la Oficina de Asistencia a Víctimas del Terrorismo. También se ha incrementado la plantilla de psicólogos así como la de funcionarios de la Oficina, que el Ministerio de Justicia ha designado para ofrecer un servicio de calidad

Opinión:

Que nadie me malinterprete pero esta novedad puede traer mas problemas que beneficios. ¿Quién podrá solicitar tal información? Dejo esta pregunta en el aire porque no es coherente hablar de información a las víctimas si todavía no se tiene claro cual es el concepto REAL de “víctima del terrorismo”. ¿Cuál será el modo de conocer si quien solicita la información es o no la persona indicada? ¿Lo serán aquellos que aparecemos en la sentencia o cualquier otro que aporte un parentesco con “la” víctima?
Es muy llamativo hablar de base de datos de todas las víctimas del terrorismo pero es incongruente cuando nunca existen (al menos en Cataluña) casi 300 víctimas que ninguna administración, actualmente, muestra interés en localizar.

Los ciudadanos que aporten su nombre y apellidos por aparecer en una sentencia por pérdidas materiales (automóviles, enseres….) ¿también podrán acceder? Aquellos familiares que, en el momento del atentado, no mantenían relación alguna con la víctima ¿podrán acceder?
No estaría de más que se revisaran antes todas estas circunstancias…. Porque no todo es escanear nombres y apellidos….

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