viernes, 20 de marzo de 2015

20 marzo 2015 (5) El Mundo del Siglo XXI (opinión)

20 marzo 2015


El Gobierno indemnizará con 200.000 euros a los familiares del matrimonio fallecido

Será la primera vez que españoles víctimas de atentados en el extranjero reciban ayuda





El Gobierno deberá indemnizar a la familia del matrimonio catalán fallecido este miércoles en el atentado terrorista de Túnez  con una cantidad de 100.000 euros por persona, según lo establecido en la Ley de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo. Será la primera vez que españoles civiles que han sido víctimas de atentados terroristas en el extranjero reciban esta ayuda estatal.

La norma aprobada en la pasada legislatura e impulsada por el entonces ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, incorporó las indemnizaciones a las víctimas civiles en los atentados que tuvieran lugar en el exterior, extremo sobre el que había un vacío legal en la anterior legislación.

Según el artículo 22 de la norma, "si el español no tuviera su residencia en el país en que se produzca la acción terrorista, percibirá el 40% de las cantidades" establecidas en la ley.

En el anexo que recoge las indemnizaciones por fallecimiento en un atentado terrorista, se fija que la cuantía asciende a 250.000 euros si el ataque se produce en España, de manera que la ayuda en caso de muerte violenta en el extranjero, para no residentes, será de 100.000 euros.

La Ley de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo establece, igualmente, que esta cantidad estará "exenta" del pago de impuesto sobre la renta y de cualquier otro tributo personal.

La familia de Antonio Cirera y Dolors Sánchez, el matrimonio catalán fallecido en el ataque al Museo Nacional del Bardo de Túnez, será la primera en ser indemnizada en aplicación de la ley.

Desde el atentado de Yemen en 2007 en el que fallecieron ocho turistas españoles, ningún civil nacional había perdido la vida fuera de las fronteras nacionales como consecuencia de un acto terrorista.

La compañía de cruceros en la que viajaron Cirera y Sánchez, MSC Cruceros, recoge en su contrato asociado a la reserva que "quedan excluidas de las garantías aseguradas los daños, situaciones, gastos y consecuencias" derivadas de, entre otras situaciones, "actos de terrorismo". Igualmente, la póliza advierte de que no está incluida la repatriación de cadáveres.

Opinión:

Siempre me ha gustado ofrecer información contrastada y tengo la ventaja de tener excelentes amigos en la infinita mayoría de medios de comunicación. Como me decía ayer un periodista de Madrid, no hay mucha gente que pueda decir que lleva mas de media vida dedicada a colaborar con los medios...

Pero esta relación creada a lo largo de los años no impide que, cuando un medio de información DESinforma, no pueda ofrecer mi opinión. Y me duele decir lo siguiente, pero esta información publicada por el diario El Mundo es una muestra mas del nulo contraste que algunos periodistas realizan, aunque sea de vez en cuando.

Me explico: dice el subtítulo que “será la primera vez que españoles víctimas de atentados en el extranjero reciban ayuda”. Falso, rotundamente falso. He preparado (y de hecho todavía estoy con algunos pendientes) muchos expedientes de víctimas que han sufrido su atentado en el extranjero y son muchas las víctimas que han recibido las indemnizaciones correspondientes. De hecho y para no fiarme de mi memoria, en el día de hoy he hablado con varias de ellas y todas me han confirmado tal situación. No aportaré datos personales de las víctimas en cuestión pero no hay mas que revisar los atentados en el extranjero con víctimas españolas desde 2003 para hacerse una idea de cuántas pueden estar en esta tesitura.

De hecho, tengo el contacto con una familia afectada por un atentado en la década de los 1990 (sí, el siglo pasado) para conocer la realidad los trámites que entonces se siguieron. Lo que voy viendo, no me gusta nada pero no hay ninguna administración interesada en conocer y ayudar en lo que esa familia pueda necesitar.

Otro tema: Dice la noticia que “desde el atentado de Yemen en 2007 en el que fallecieron ocho turistas españoles, ningún civil nacional había perdido la vida fuera de las fronteras nacionales como consecuencia de un acto terrorista”. Otro error de bulto, que muestra el desconocimiento de quien redacta la noticia. Por lo que parece, no recuerdan el atentado de junio de 2011 en Kabul, en el que resultó asesinado un piloto de aviación español que se encontraba en el mostrador del hotel. Se llamaba Antonio Planas y dejó viuda y una hija de muy corta edad.

Para terminar... dice que “la familia de Antonio Cirera y Dolors Sánchez, el matrimonio catalán fallecido en el ataque al Museo Nacional del Bardo de Túnez, será la primera en ser indemnizada en aplicación de la ley”... eso es verdad en cierto modo, porque la legislación se aprobó en el BOE del miércoles 18 de septiembre de 2013. Pero lo que no aparece en la noticia de un diario que dice dedicarse a la “investigación” es información relacionada con la extraña decisión de los políticos de que la vida de un ciudadano español fuera de España (siento la expresión, pero es la que utilizan) “no se valore” del mismo modo que la vida de un español en España. Comparada con una víctima española o extranjera en España, una víctima española en el extranjero es valorada al 50 o al 40 por ciento dependiendo de si trabajaba en el país extranjero o se encontraba en periodo de ocio o de turismo.

Cuando hay políticos que se dedican a repartir y exigir “españolidad” a cualquier ciudadano, esta situación se me antoja, cuanto menos, anómala por no decir directamente ruin. Por ello, porque el tiempo da la oportunidad de explicar todo con datos y señales y pone a cada uno en su sitio, es un placer explicar ahora que en octubre de 2010, mientas era coordinador del SIOVT del Departament de Justicia, tuve la ocasión de exigir la “equiparación absoluta” de las indemnizaciones por muerte o por los tres grados de incapacidad permanente en la Comisión de Interior del Congreso de los Diputados, justo cuando empezaban a preparar la nueva legislación. Solo recibí el apoyo de la Asociación “11M Afectados por Terrorismo”. El resto de asociaciones y fundaciones no ofrecieron opinión alguna mientras defendía la equiparación y la igualación de la vida o las secuelas incapacitantes de un ciudadano español dentro o fuera de “territorio nacional” a causa de atentado terrorista

Por eso, tres años después de aquel octubre de 2010, se aprobó una legislación que para mi, sinceramente, aún hoy puede ser motivo de anticonstitucionalidad, porque presenta y permite diferencias al valorar la vida de un ciudadano español dependiendo del lugar donde sea víctima de un atentado terrorista.

Y si no, que esos políticos responsables de la aprobación de esa legislación de 2013 se lo pregunten a las víctimas y familiares de los españoles asesinados o heridos en atentados en Casablanca, Bombay, Yemen, Londres, Afganistán, Egipto... Dudo que tengan la valentía de descolgar el teléfono y preguntarles la opinión al respecto. Lo de la visita personal ya ni me lo planteo.

Ah, son las 18:30 de la tarde del viernes 20 de marzo… justo cuatro horas después de haber estado en la redacción de El Mundo en Barcelona para explicarles lo que acabáis de leer. Los responsables estaban comiendo y todavía no me han llamado para contrastar la información.













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