viernes, 11 de mayo de 2018

07 mayo 2018 (4) El Correo (opinión)

07 mayo 2018 


Los presos etarras sólo accederán a beneficios si asumen el «grave quebranto» causado
El Gobierno insiste en su firmeza en la política penitenciaria con respecto a los presos de ETA a pesar de la disolución de la banda. Y esta vez el mensaje va directamente dirigido a la izquierda abertzale. El Ejecutivo aprovecha una respuesta parlamentaria al senador de EH Bildu Jon Iñarritu para avisar de que nada va a cambiar en las prisiones con la desaparición de ETA y advierte de que los presos de la organización terrorista, si siguen sin asumir personalmente el «grave quebranto» causado y no se «arrepienten de su conducta delictiva», van a recibir el mismo trato que los autores de «delitos de especial gravedad» como los violadores o maltratadores no rehabilitados, sin posibilidad alguna de acceder a beneficios penitenciarios.

Iñarritu había preguntado al Gobierno por unas recientes declaraciones del ministro de Justicia, Rafael Catalá, en las que afirmó que «en España la calificación en el tercer grado y los beneficios penitenciarios contemplados en la ley están condicionados a que el preso muestre signos inequívocos de haber abandonado los fines y los medios terroristas, y, además, haber colaborado activamente con las autoridades». «¿Qué tiene que ver una medida de acercamiento o alejamiento de un preso con el tercer grado y los beneficios penitenciarios? ¿Considera el Gobierno que el acercamiento de los presos a su lugar de residencia es un beneficio penitenciario?», inquirió el parlamentario.

El Gobierno, en su contestación fechada a mitad de abril, no responde directamente a esas demandas (en particular al tema del alejamiento), pero deja claro que no contempla, en modo alguno, movimientos colectivos de presos y que cualquier beneficio penitenciario respondería, llegado el momento, a actitudes individuales de cada recluso. «En el caso de los delitos de terrorismo, entre otros delitos de especial gravedad como los penados por delitos sexuales o relativos a la violencia de género o penados por delitos de corrupción, el objetivo resocializador de la pena se consigue cuando el autor del delito asume que su conducta delictiva supuso un grave quebranto de los principios y valores democráticos de convivencia», avisa el Ejecutivo.

En su respuesta, el Ministerio del Interior recuerda que, en los casos más graves, la reinserción (y por ende los beneficios) solo se alcanzará cuando el preso «desarrolle planteamientos autocríticos, objetivando sentimientos de culpa y arrepentimiento». Esos -insiste el documento- son los «objetivos» a los que «debe estar orientado el tratamiento penitenciario» en el caso de los presos con «delitos de especial gravedad». El Ejecutivo destaca que los presos de ETA no son ninguna excepción en el sistema penitenciario, aunque dada la «gravedad del delito cometido» hay ciertas características en su tratamiento, que en cualquier caso estará siempre encaminado a la «reeducación y reinserción social» del penado.

«Efecto intimidatorio»

El Gobierno también da portazo a la progresión al tercer grado -(régimen de semilibertad) una demanda histórica de los presos en avanzado estado de cumplimiento- para los internos que no muestren individualmente su arrepentimiento. Interior recuerda a Bildu que la reforma en 2003 para el «cumplimiento íntegro y efectivo de las penas supuso «una alteración del sistema de individualización científica puro, añadiendo para el acceso al tercer grado de tratamiento penitenciario determinados requisitos adicionales» para los terroristas, a fin de que su condena tenga un «suficiente efecto intimidatorio». Así, avisa ya la Administración, no habrá régimen de semilibertad para los etarras en tanto en cuanto no tomen «conciencia del mal causado por el delito», con «sincera asunción de las responsabilidades derivadas del mismo y el arrepentimiento por su conducta y carrera delictiva», además de saldar sus «responsabilidades pendientes» pecuniarias.

Tampoco habrá novedades en «los permisos penitenciarios de salida». En este campo, para los presos de ETA no hay «ninguna singularidad»: como el resto de los reclusos tienen que estar clasificados en segundo o tercer grado (solo hay doce internos en estas dos situaciones de una colonia de 282 en España), además de haber extinguido la cuarta parte de su condena y no observar «mala conducta». Unas condiciones que no cumplen la inmensa mayoría de los reclusos de ETA.

Y la libertad condicional tampoco será una salida, avisa el Gobierno, que recuerda que el propio Código Penal veta la aplicación de esta figura a los condenados por terrorismo o a los reos encarcelados «por delitos cometidos en el seno de organizaciones criminales».

Opinión:

Tras leer la noticia estoy deseando saber cuando organizarán “LAS” asociaciones de víctimas la primera manifestación contra el actual Gobierno o si, por el contrario, se conformarán con mas promesas y mas trampitas… porque o mucho me equivoco o el hecho de “arrepentirse” ¿podría ser suficiente para obtener beneficios penitenciarios?

 




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